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Sustancias que perjudican la capa de ozono

La capa de ozono protege a los organismos vivos de la Tierra de los rayos ultravioletas (UV). En los años ochenta, los científicos descubrieron la reducción de la capa de ozono estratosférica debida a las emisiones de sustancias químicas sintetizadas por el hombre. Este agotamiento de la capa de ozono supone un aumento de la radiación UV, lo que es peligroso para el hombre al provocar, especialmente, cánceres de piel o para los ecosistemas.

La comunidad internacional se movilizó rápidamente adoptando, primero, el Convenio de Viena en 1985 y, posteriormente, el Protocolo de Montreal en 1987. Todos podemos ayudar a que se detenga el daño en la capa de ozono, difundiendo información y concientizando a los demás de nuestra responsabilidad con el medioambiente.

El Protocolo de Montreal obliga a los signatarios a eliminar progresivamente las sustancias que agotan la capa de ozono, conforme a un calendario preestablecido. El Protocolo de Montreal, veinte años después de su adopción, representa un modelo de acuerdo medioambiental multilateral.

La Unión Europea desea eliminar progresivamente las sustancias que agotan la capa de ozono, para proteger la salud humana y el medioambiente. Para contribuir a este objetivo, ha constituido un Reglamento que integra las disposiciones del Protocolo de Montreal.

Prohíbe la comercialización de las sustancias más peligrosas, tales como los clorofluorocarburos (CFC). Por otro lado, establece las reglas de utilización de estas sustancias y sus condiciones de exportación o importación.

El Reglamento se aplica a:

las sustancias reguladas como los clorofluorocarburos (CFC), los halones, el tetracloruro de carbono, el bromuro de metilo, los hidroclorofluorocarburos (HCFC), etc. (ver anexo I);

las nuevas sustancias (vers anexo II) ;

los productos y equipos que contienen dichas sustancias o que dependen de ellas.

La producción, la comercialización y la utilización de sustancias reguladas o de productos y equipos que contienen dichas sustancias están prohibidos, salvo para ciertos usos como las materias primas o los agentes de transformación, o para usos de laboratorio y análisis.

Se prohíbe la comercialización y utilización de sistemas de protección contra incendios y extintores que contengan sustancias reguladas, especialmente halones.

Las sustancias reguladas pueden producirse, comercializarse y utilizarse como materias primas o agentes de transformación. Asimismo, estas sustancias pueden destinarse para usos de laboratorio y análisis.

La cantidad autorizada anualmente está limitada por un sistema de cuotas. La autoridad competente del Estado miembro en cuestión debe conceder a los productores e importadores una licencia con una duración limitada.

Los hidroclorofluorocarburos (HCFC) se eliminarán de manera progresiva. A partir del 31 de diciembre de 2019, no podrá producirse ningún HCFC.

El uso de bromuro de metilo queda prohibido a partir del 18 de marzo de 2010, salvo en caso de emergencia para impedir la proliferación de determinados parásitos o enfermedades. No obstante, esta excepción únicamente será válida por un período máximo de 120 días y para una cantidad que no supere las 20 toneladas.

Los halones pueden comercializarse y utilizarse para usos críticos.

Todo productor o importador que tenga derecho a comercializar o utilizar sustancias reguladas podrá transferir estos derechos a otros productores o importadores de dichas sustancias en la Comunidad. Toda transferencia deberá comunicarse previamente a la Comisión.

Asimismo, un productor puede tener derecho a superar los niveles de producción establecidos, siempre que no se supere el nivel máximo de la producción nacional.

Se prohíben las importaciones y exportaciones de sustancias reguladas, así como de productos y equipos que contengan dichas sustancias.

No obstante, existen excepciones para ciertos usos de sustancias reguladas o para su destrucción conforme a determinados métodos.

Las importaciones y exportaciones están sujetas a la concesión de una licencia. La Comisión concede las licencias a través de un sistema electrónico de concesión de licencias.

Las empresas deben establecer sistemas para la recuperación de sustancias reguladas contenidas en:

  • aparatos de refrigeración y de aire acondicionado, y bombas de calor;
  • equipos que contengan disolventes;
  • sistemas de protección contra incendios y extintores.

Una vez recuperadas las sustancias, deberán reciclarse, regenerarse o destruirse de una manera ecológicamente aceptable, para impedir su emisión en la atmósfera.

Asimismo, las empresas deberán tomar medidas para evitar cualquier riesgo de escapes o de emisión de sustancias reguladas. Toda empresa que explote equipos que contengan dichas sustancias deberá realizar controles de regulares de estanquidad. Cuando se detecte un escape, la empresa deberá realizar la reparación a la mayor brevedad posible y, en todo caso, en los catorce días posteriores a la detección.

Es importante cuidar nuestra casa que es nuestro Planeta Tierra, nosotros al ser los dueños somos los únicos responsables, y si se daña la capa de ozono serenos los más perjudicados, ayudemos a difundir esta información y concientizar de esta realidad a los vecinos de la tierra.